Kodama y su rivalidad con Vaccaro
RECURSO DE HECHO Vaccaro, Alejandro s/ causa n° 14.069.
Alejandro Vaccaro es un
metódico biógrafo de Jorge Luis Borges y un coleccionista de recuerdos, libros
y manuscritos del autor. Nació en Buenos Aires en 1951. Es actualmente
Presidente de la Asociación Borgesiana de Buenos Aires, Secretario de Redacción
de la revista Proa, miembro de la Sociedad de Bibliófilos Argentinos y
Presidente Honorario del Instituto de Estudios Jorge Luis Borges de la
Universidad Católica de San Pablo (Brasil). Es autor de Georgie (1899-1930).
Una vida de Jorge Luis Borges (1996), El señor Borges (2004), Borges. Una
biografía en imágenes (2005), El manuscrito Borges (2006), Borges. Vida y
literatura (2006) y Pasajero de la vida (2016). Fue designado visitante ilustre
de las ciudades de La Plata, Mar del Plata, Villa María (Córdoba), La Cumbre
(Córdoba) y recibió el Diploma de Honor del Honorable Senado de la Nación. En
2009 recibió el premio Alianza Hispánica en Madrid. Sus libros han sido
traducidos al portugués, polaco, turco y serbio. En 2011 recibió la medalla de
la Hispanidad en Buenos Aires y fue designado Académico de Número del Instituto
de Cultura de México. En 2016 fue designado Académico de Número de la Academia
Porteña del Lunfardo. Es actualmente Presidente de la Sociedad Argentina de
Escritores y Vicepresidente de la Fundación «El Libro», entidad que organiza la
Feria Internacional del Libro de Buenos Aires. En 2018 fue designado
Personalidad Destacada en el Ámbito de la Cultura por la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Vaccaro, históricamente enfrentado con Kodama, fue querellado por manifestaciones que efectuó en una nota de la revista Veintitres, del 28 de septiembre de 2006, bajo el título "Borges. La repugnante pelea por la herencia”. Había dicho que las modificaciones de la obra de Borges eran por rencillas personales y que ese comportamiento excedía los limites. Lo cual fue considerado injurioso por Kodama, quien a través de su representante sostenía que en la compilación de las obras completas no se incluyó a la poesía 'Al olvidar un sueño', pero eso se debió a la propia voluntad de Borges.
Vaccaro obtuvo un fallo
favorable que indicaba que; "más allá que los términos utilizados tengan
entidad objetiva para afectar el honor de la querellante, desde el aspecto
subjetivo del delito en estudio no se puede avanzar, y no permiten tener por
acreditada la ofensa que dice padecer respecto al hecho por el que se siente
afectada y acciona".
El fallo fue confirmado por la
Cámara de Casación y la Corte Suprema desestimó un recurso de queja presentado
por el representante de Kodama, quien nunca se hizo presente en el juicio (https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/fallos/buscar.html)
Siguiendo el texto de la Ley 11.723 en su artículo 2 “El derecho de
propiedad de una obra científica, literaria o artística, comprende para su
autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de
representarla…” y en su artículo 4 “Son titulares del derecho de propiedad intelectual:
a)
El autor de la obra; b) Sus herederos o derechohabientes…” y en
el artículo 5 “La propiedad
intelectual sobre sus obras corresponde a los autores durante su vida y a sus
herederos o derechohabientes hasta setenta años contados a partir del 1 de
Enero del año siguiente al de la muerte del autor…”
Citando solo algunos de los
artículos de nuestra Ley, a modo de conclusión se puede establecer que María
Kodama posee los derechos de las obras de Borges, y aunque para muchos por el
peso histórico de este autor las obras deberían pertenecer al dominio público
no lo hacen, por ende se deben respetar y seguir los lineamientos que la ley
establece a la hora de utilizar sus obras.
https://www.losandes.com.ar/absolvieron-biografo-borges-habia-sido-querellado-kodama-741510/
https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/fallos/buscar.html

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