Un libro que engorda, pero no copia
No es una novedad que los escritores sean llevados a juicio. Como hicimos mención en entradas anteriores María Kodama se vio envuelta en muchos de estos. En algunas oportunidades se hizo lugar a su petición, y en otras...no.
En 2009 Pablo Katchadjian publicó El Aleph engordado con una tirada de doscientos ejemplares. Su planteamiento de engordar el cuento de Borges estaba explicitada en una postdata al final: “No quitar ni alterar nada del texto original, ni palabras, ni comas, ni puntos, ni el orden. Eso significa que el texto de Borges está intacto pero totalmente cruzado por el mío, de modo que, si alguien quisiera, podría volver al texto de Borges desde éste”.
La viuda de Borges había querellado a Katchadjian por haber defraudado los derechos de propiedad intelectual en relación a la obra literaria “El Aleph”.
Según Kodama esta obra habría modificado el texto original porque “habría utilizado y deformado la obra de Jorge Luis Borges, intercalando al texto original, palabras, frases y oraciones completas sin diferenciarlas, y por otro habría quitado palabras del texto original, sustituyéndolas por otras”. Violando así el art 52 de la ley 11.723 que establece "aunque el autor enajenare la propiedad de su obra, conserva sobre ella el derecho a exigir la fidelidad de su texto y titulo, en las impresiones, copias o reproducciones, como asimismo la mención de su nombre o seudonimo como autor"
Katchadjian fue sobreseído de la primer denuncia, lo que fue confirmado en 2012 por la misma Sala de la Cámara, que consideró que “los términos de la posdata de Katchadjian desechan cualquier rasgo de engaño o de vedada apropiación de un texto ajeno”. Para los jueces no se daban los supuestos para encuadrar la conducta del escritor en los delitos denunciados.
Sin embargo, la Casación Federal revocó esa decisión. Citando convenciones internacionales, la Alzada destacó “el derecho de reivindicar la paternidad de la obra y de oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de esta obra a cualquier otro menoscabo a la misma obra, que pudiera afectar su honor o su reputación”.
En esos términos, se advirtió que el “engorde” efectuado de la reconocida obra de Jorge Luis Borges, omitiendo la autorización, violó la protección de los derechos de autor porque “Katchadjian ha utilizado y deformado la obra de Borges”. Se entiende que estaría dentro del art 72 inc c de la Ley 11.723 que establece "El que edite, venda o reproduzca una obra suprimiendo o cambiando el nombre del autor, el título de la misma o alterando dolosamente su texto"
El proceso tuvo que seguir su curso y se tomó declaración indagatoria a Katchadjian, quien en su oportunidad dijo que “no tuvo intención de engañar a nadie y que nadie resultó engañado”, ya que en su posdata “indicó qué tipo de trabajo hizo con el texto original y de quién era el texto”.
No obstante, resultó procesado. Ya corría el año 2015 cuando la Cámara del Crimen volvió a intervenir. Esta vez, se le dictó una falta de mérito porque faltaba establecer si el texto original del “Aleph” fue transcripto literalmente por Katchadjian en “El Aleph engordado”. Para dilucidar ello, se ordenó una pericia especializada.
La pericia arrojó como resultado que “no existían dudas sobre la intención literaria que guió la intervención de Katchadjian sobre el texto de Borges, por cuanto el título del cuento, el estilo empleado y la posdata final dejaban en claro el propósito del autor, resaltándose además que el procedimiento de ‘engorde’ dio como resultado un estilo que se contrapone de manera radical al de Borges”.
Los expertos habían considerado que el “engorde” supone “no sólo la incorporación de palabras al cuento “El Aleph”, sino un cambio de forma, de un texto armonioso y cuidado, en otro cuento diferente”. Además, concluyeron no podría llegarse a la consfusión de considerar que el cuento de Katchadjian fuera obra de Borges.
Esa circunstancia llevó a la Cámara a sentenciar que el engordamiento es un procedimiento literario “extremo pero legítimo” en la medida “en que abiertamente toma en préstamo las palabras de un texto para producir una nueva obra literaria, que se trata de una técnica que supo utilizar Borges.
Del peritaje surge que ‘El Aleph engordado’ constituyó la creación de un texto nuevo, generado a partir de un procedimiento literario reconocido en el paradigma que guía la literatura contemporánea y que clásicos como el mismo Borges habían Aceptado”, fue la conclusión a la que llegaron los magistrados.
En Facebook, el abogado de Katchadjian, Ricardo Strafacce, compartió pasajes de la sentencia, que ordenó librar un oficio a los sellos editoriales Random House y Planeta para notificarlos de la situación. En rigor, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal había revocado el procesamiento en la causa por defraudación y dictado el sobreseimiento, dado que consideró que no había defraudado los derechos en poder de Kodama como heredera universal del autor de Ficciones. En la apelación de Kodama ante Casación, el recuerdo fue declarado desierto, con lo que quedó firme el sobreseimiento.
Bibliografia:
https://www.diariojudicial.com/nota/78193


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